¿Qué ocurre si has firmado un contrato de arras y te deniegan la hipoteca?
- El contrato de arras es un documento vinculante y con validez legal, que conlleva el pago de una cantidad de dinero por parte del comprador
- Para evitar sorpresas desagradables, es importante que el contrato incluya una cláusula de devolución del dinero en el caso de que el banco no conceda la financiación
Has decidido comprar una casa y, después visitar unas cuantas, por fin has encontrado una que reúne todos los requisitos de lo que buscabas. Para reservarla y poder afrontar la búsqueda de financiación o la negociación de las condiciones de la hipoteca con tu banco con la tranquilidad de que la casa que quieres no sigue en el mercado, tendrás que firmar un contrato de arras con el vendedor. Y es que este documento funciona como una garantía para ambas partes de que la operación de compraventa se va a realizar. De hecho, para demostrar el interés real por ese inmueble, como comprador, entregarás una cantidad de dinero a modo de señal que se descontará del precio total de venta. Pero, ¿qué pasa con ese dinero que se adelanta si el banco no te concede la hipoteca? ¿Se pierde o lo puede recuperar?
¿Qué es un contrato de arras?
Si te has decidido a comprar (o vender) una vivienda, debes tener muy clara la importancia del contrato de arras. En este acuerdo privado, comprador y vendedor manifiestan su voluntad de llevar a cabo la operación de compraventa y de finalizarla en un plazo determinado. Además, con este contrato, ambas partes estipulan las condiciones en las que se producirá la compraventa. De hecho, el notario lo utilizará como base para redactar la escritura de compraventa. Pero no solo eso. Este documento recoge también las implicaciones de las partes en el caso de que alguna de ellas incumpla con el compromiso acordado. Es decir, establece las penalizaciones que se deberán asumir en el caso de que una de las partes se eche para atrás antes de la formalización de la compraventa.
Documento con plena validez legal y de obligado cumplimiento
En este sentido, tienes que tener muy presente que el contrato de arras tiene plena validez legal y es de obligado cumplimiento por ambas partes, por lo que, antes de firmarlo, conviene ser muy consciente de las consecuencias que tendrá su incumplimiento. Por eso, es importante confirmar que contiene todos los datos de la operación y que no tiene errores u omisiones que puedan suponer un problema a la hora de cerrar la operación.
A la vista de todo esto, es posible que te surja la duda de que pasaría con el dinero dado como señal para reservar la casa, en el que caso de que el banco no te dé la hipoteca. Y es que, la concesión de la financiación es un trámite que se desarrolla de forma independiente al contrato de arras. En el caso de que te denegaran el préstamo bancario, la compraventa no podría realizarse y, por tanto, estarías incumpliendo el contrato de arras, por lo que perderías ese dinero que has dado como señal.
Contrato de arras con cláusula de hipoteca
Sin embargo, para que esto no ocurra y no pierdas el dinero que has adelantado a modo de reserva, hay una posibilidad. Y no es otra que la de incluir en las condiciones de la venta recogidas en el contrato de arras una cláusula expresa en la que se especifique de forma clara y explícita que, en el caso de que el banco te deniegue la hipoteca, tienes derecho a la devolución de las arras. Si en el contrato no existe esta cláusula, perderás las arras por defecto, en favor del vendedor, que no estará obligado a devolverlas.
La inclusión de esta cláusula es una solución práctica y sencilla para asegurarte de que recuperarás tu dinero. Y, por tanto, es fundamental que se recoja en el contrato de arras que suscribas. Por eso, para evitar sorpresas desagradables en el futuro, es muy importante que, antes de firmar nada, leas con detenimiento el contenido y revises todas las partes del documento y la letra pequeña.
Periodista multidisciplinar especializada en información económica, marketing y publicidad. Ha desarrollado su carrera profesional en diferentes medios de comunicación, principalmente impresos y digitales, pasando también por la comunicación institucional y corporativa.