Últimos días para reclamar los gastos de hipoteca: ¿cuáles son los requisitos?

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  • El plazo para reclamar las comisiones hipotecarias finaliza el 14 de abril de 2024
  • Tienen derecho a recuperar su dinero todos aquellos que contrataron un préstamo hipotecario antes del 16 de junio de 2019 y el banco les cobró gastos que tenía que asumir la entidad
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La reclamación por los gastos de la hipoteca alcanza los 1.000 euros de media

La contratación de una hipoteca lleva aparejados una serie de gastos de formalización que, durante mucho tiempo, han corrido a cargo de quien la suscribía. Esa práctica fue declarada abusiva por parte del Tribunal Supremo en 2015 y, por tanto, nula, lo que abrió la puerta a que miles de consumidores pudieran reclamar lo que justamente les pertenecía.

Aunque hubo que esperar a 2019 para que quedara claro qué gastos hipotecarios debe pagar el banco y cuáles el cliente, el plazo para reclamar no ha quedado claro hasta ahora. Inicialmente, los afectados por estas comisiones tenían de plazo hasta el 23 de enero de 2024 para reclamar su dinero, fecha en la que se cumplían cinco años de la declaración de nulidad de la cláusula en cada hipoteca. Finalmente se ha ampliado este plazo hasta el próximo 14 de abril de 2024. Ante este panorama, los expertos recomiendan presentar la reclamación cuanto antes. Y es que hay en juego unos 1.000 euros de media.

¿Qué gastos de la hipoteca puedes reclamar al banco?

De hecho, los gastos de las hipotecas han sido una de las luchas que más quebraderos de cabeza han dado a los hipotecados. En este sentido, el 16 de junio de 2019 entró en vigor la nueva Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, que establece que es el banco quien tiene que pagar todos los gastos de formalización, salvo la tasación.

Es decir, si contrataste tu hipoteca antes de esa fecha, tienes derecho a recuperar el dinero que pagaste de más. Algo que ya ratificó el Tribunal Supremo que, en enero de 2021, además de confirmar el derecho a reclamar los gastos de constitución de las hipotecas anteriores a junio de 2019, también fijó su postura definitiva sobre los gastos que debía pagar banco. Los gastos hipotecarios que puedes reclamar al banco son los siguientes:

  • Inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad.
  • Tasación de la vivienda
  • Gestoría.
  • 50% de los gastos de notaría.

    Pasos a seguir para reclamar los gastos de la hipoteca

    En cualquier caso, para poder reclamar los gastos de formalización de la hipoteca, tienes que presentar una serie de documentos:

    • Copia de la escritura del préstamo hipotecario. Lo facilita el banco en el momento de la inscripción de la escritura, pero si no se dispone de ella, se puede solicitar en la notaría donde se firmó el préstamo.
    • Facturas de notaría, registro y gestoría. Al igual que el documento anterior, se entregan en el momento de la tramitación. No obstante, si el usuario no dispone de ellas, basta con ir a la gestoría que tramitó el préstamo. Si ésta no ha guardado las copias de todas las facturas, habría que acudir de manera individual a cada institución.
    • Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Es posible que la gestoría conserve una copia. Si no es así, el cliente tendrá que dirigirse a la oficina liquidadora de la Comunidad Autónoma en la que se firmó el préstamo hipotecario.

    Hay dos vías de reclamación. La primera, debe ser directamente con la entidad bancaria de forma extrajudicial. Es decir, debes reclamar por escrito la devolución de los gastos al departamento de atención al cliente del banco en el que formalizaste el préstamo hipotecario. Si la respuesta de la entidad no te convence, puedes utilizar el servicio de reclamaciones del Banco de España.

    Y la segunda, si transcurridos dos meses desde la reclamación no obtienes respuesta o es negativa, puedes acudir a la vía judicial, por lo que necesitarás un abogado y un procurador. En la demanda que se presente en el juzgado, tienes que solicitar la nulidad de la cláusula por abusiva y la íntegra restitución de los gastos abonados aportando toda la documentación anteriormente indicada.

    En este sentido, sea cual sea la fecha que, finalmente, marque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los expertos animan a los rezagados a reclamar cuanto antes. Y es que, según recoge el Código Civil, “la prescripción de las acciones se interrumpe por su ejercicio ante los Tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor y por cualquier acto de reconocimiento de la deuda por el deudor”. Es decir, que si reclamas los gastos a tu banco antes del 14 de abril de 2024, detendrás el plazo de caducidad.

    Escrito por:
    Leticia Iserte

    Periodista multidisciplinar especializada en información económica, marketing y publicidad. Ha desarrollado su carrera profesional en diferentes medios de comunicación, principalmente impresos y digitales, pasando también por la comunicación institucional y corporativa.

    Revisado por:
    Sergio Carbajal

    Experto en mercado hipotecario y productos financieros

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