La nueva normativa que tienen que cumplir las sillas infantiles de coche
- Desde el 1 de septiembre de 2024 está prohibida la venta de sillitas de la anterior normativa
- Si tienes un sistema de retención infantil anterior a esa fecha, puedes seguir utilizándolo
La seguridad dentro del coche es fundamental, ya que es la única forma que tenemos de protegernos ante un accidente de tráfico. De esta manera, todas las personas que viajamos dentro de un vehículo debemos ponernos el cinturón de seguridad, ya estemos cinco minutos o cinco horas en la carretera.
Sin embargo, si los que viajan son niños, necesitamos un sistema de retención además del propio cinturón de seguridad. Estos no son otra cosa que las sillas infantiles, cuyo uso es obligatorio hasta que los infantiles midan 135 cm, aunque la recomendación es que la utilización se prolongue hasta los 150 cm de altura.
En 1981 se formalizó la primera normativa europea de Sistemas de Retención Infantil, el reglamento ECE R44. A pesar de actualizarlo en cuatro ocasiones, los avances en tecnología forzaron a que en 2013 se aprobara otro reglamento, el R129 (o I-Size). Durante una década ambas normativas han convivido y salvado vidas, pero esa convivencia ha llegado a su fin, ya que la normativa ha vuelto a cambiar.
Nueva normativa para los sistemas de retención infantil
A partir de septiembre de 2023 ningún fabricante europeo podía ya fabricar sillitas bajo la normativa R44 ni tampoco pueden importarse a la Unión Europea los Sistemas de Retención Infantil homologados según esta norma. Pero el gran cambio se ha producido el pasado 1 de septiembre de 2024, cuando se ha prohibido la venta de sillitas R44.
«La R129 nació para sustituir a la R44. Estas directivas son conocidas desde hace más de una década e incluso se han aplazado algunas fases para dar tiempo a limpiar excedentes. De hecho, en España el 85% de las sillitas que hay en los comercios ya son i-Size», explica Joan Forrellad, secretario general de AESVi (Alianza Española para la Seguridad Vial Infantil).
De esta manera, las sillas R44 que están vendidas podrán seguir utilizándose porque son válidas y seguras, aunque debes saber que las que cumplen la normativa R129 estén más actualizadas. En seguridad, lo verdaderamente importante es usar de forma correcta una sillita homologada y escogida acorde a la talla del niño para así evitar el 75% de las lesiones en caso de siniestro; un requisito que no se cumplía en las 316 infracciones que la DGT captó en su última campaña de 2023 sobre control del uso del cinturón de seguridad y de SRI.
Así son los nuevos dispositivos
Lógicamente, hay diferencias notables entre ambos dispositivos. La primera de ellas es que cambiamos el peso por la altura. De esta manera, mientras que en el Reglamento 44.04 las divisiones se establecían según el peso (de 0 a 10kg, de 9 a 18 kg, de 15 a 25 kg y de 22 a 36 Kg), en el Reglamento 129 se establecen según la altura entre los 40 cm y los 150 cm. Este cambio es debido a varios factores, pero sobre todo está relacionado con que la altura concuerda mejor que el peso con el desarrollo corporal de los niños.
Durante los primeros meses de vida, el cuerpo va desarrollándose rápidamente, aumentando la resistencia del esqueleto y mejorando el desarrollo muscular, siendo el parámetro de la altura la referencia más fiable para determinar la evolución del menor.
Sin embargo, también se van a seguir haciendo limitaciones por rango de edad, por ejemplo, con los bebés de hasta los 15 meses, que deberán viajar mirando hacia atrás de manera obligatoria.
Además, debemos saber el tipo de dispositivos de retención infantil que hay en el mercado que se adecúan a las diferentes edades de los infantes. De esta manera, el primer SRI que podemos usar es el portabebés, que sirven desde el momento del nacimiento hasta los 87 centímetros de altura, con un peso medio de unos 13 kg y siempre mirando hacia atrás. El portabebés es el producto mejor adaptado a los recién nacidos para tener el mayor nivel de seguridad en el coche.
También tenemos los sistemas de retención infantiles convertibles, que siempre van en el coche. Su rango de utilización va desde los 40 cm hasta los 105 cm (alrededor de los 4 años). Su rango de pesos máximo autorizado está en torno a los 18-19 kg, dependiendo de cada fabricante.
Estos dispositivos, en general, se colocan a «contramarcha» hasta los 105 cm, permitiendo algunos de ellos la configuración a favor de la marcha desde los 76 cm hasta los 105 cm de altura. Su uso probablemente es el más extendido ya que son dispositivos que permiten diferentes posibilidades, como la reclinación y el sistema giratorio, que los hacen muy prácticos para el día a día.
Por último, encontramos los alzadores, que normalmente se usan para niños de entre 100 y 150 cm con respaldo o sin respaldo a partir de 125 cm de altura. Son dispositivos orientados a favor de la marcha y su función es posicionar al menor para que el cinturón de seguridad le pase correctamente por la pelvis, el pecho y el hombro.
Periodista especializada en información económica, principalmente en motor y seguros de coche y moto. Lidia es graduada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid (UCM) y cuenta, además, con un Máster de Radio por la UCM y Radio Nacional de España.