¿Hay que cambiar el seguro de hogar al hacer una reforma?

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  • Si realizas una reforma en casa debes avisar al seguro de hogar lo antes posible
  • Con la reforma puedes cambiar tanto el contenido como el continente de la vivienda, por lo que el precio del seguro será diferente
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En una reforma es aconsejable contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños durante la obra

Muchos aprovechamos el verano para hacer algunas reformas en casa y darle un lavado de cara a nuestro hogar. Estas pueden ir desde algo tan simple como pintar las paredes a algo mucho más complejo como rediseñar alguna estancia o, directamente, toda la casa. Es en estos casos cuando nos puede aparecer una duda: ¿es necesario avisar al seguro de nuestra reforma?

Lo cierto es que cada vez que realicemos un cambio sustancial en la casa debemos hablar con nuestro seguro y modificar los puntos que sean pertinentes. No debemos olvidar que cuando contratamos nuestro seguro de hogar, este está enfocado en las necesidades que tiene la casa, como sus metros, materiales, mobiliario, antigüedad, etc. Si uno o varios de estos factores se modifican, también se deberán adecuar las coberturas del seguro de la casa.

De esta manera, con las reformas podemos realizar o cambios en el continente o en el contenido. Si con la reforma se va a modificar el inmueble, es decir, el continente, el seguro también debe sufrir cambios para poder seguir cubriéndolo correctamente de cara a un siniestro.

En estos casos, el precio del seguro puede variar tanto hacia arriba como para bajo. Cuando el precio es igual o menor, puede deberse a que, aunque el valor de la vivienda es mayor tras la reforma, también tiene menos riesgo de tener un siniestro.

Por otro lado, podemos hacer una reforma donde se modifique el contenido de la vivienda, como puede ser cambiar muebles, decoración, etc. Una vez se haya concluido la reforma se debe avisar a la aseguradora del nuevo capital a asegurar para el mobiliario contando con la cantidad invertida en los nuevos artículos cambiados, ya que de lo contrario no estarán protegidos.

¿Estás obligado a avisar al seguro si haces una reforma?

Si realizamos alguno de estos cambios, además de por quedar cubiertos en caso de siniestro, estamos obligados a avisar al seguro. En la Ley de Contrato de Seguro se establece que así debe hacerse, tanto si esta renovación aumenta o disminuye el riesgo asegurado, avisando lo antes posible y sin necesidad de esperar a la fecha de vencimiento.

Una vez se haya informado, la aseguradora tiene un margen de dos meses para realizar su propuesta con los nuevos capitales y los asegurados disponen de 15 días para darles respuesta. Es importante saber que si no se responde en ese plazo se entiende como una aceptación de la modificación propuesta por la aseguradora.

Cómo cubre nuestro seguro una reforma del hogar

Lo primero que debemos ver antes de iniciar una reforma es si nuestro seguro del hogar ofrece cobertura a terceras personas o a los daños propios que se pudieran producir. Nuestra póliza nos va a cubrir dependiendo de varios factores, como el tipo de obra que realicemos y de las cláusulas que incluya nuestra póliza del hogar.

Por ejemplo, si la reforma es para reparar los daños sufridos por un siniestro cubierto por la póliza, se hará cargo de los gastos el asegurador, dentro del alcance y limitaciones que se establezcan en cada póliza. Aunque lo normal es que los cambios se hagan por motivos personal y, por ende, los gastos los asume el propietario de la vivienda.

Por otro lado, no hay que olvidar que cuando realizamos una reforma nosotros actuamos como promotores y aunque la empresa que contratamos para ejecutar la obra se sobreentienda como responsable directa de un potencial daño a terceros, nosotros tendremos la consideración de responsables subsidiarios, por lo que es aconsejable que nos informemos sobre si el constructor tiene contratado y en vigor un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que se puedan producir durante la obra.

Por último, antes de empezar los trabajos, conviene conocer la cobertura que ofrece nuestra propia póliza, siendo lo más habitual que sólo ampare la responsabilidad civil cuando la obra tenga la consideración administrativa de obra menor.

Escrito por:
Lidia Vega

Periodista especializada en información económica, principalmente en motor y seguros de coche y moto. Lidia es graduada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid (UCM) y cuenta, además, con un Máster de Radio por la UCM y Radio Nacional de España.