¿Cómo asegurar a una empleada del hogar?
- No existe un seguro para empleadas domésticas, pero el seguro de hogar puede cubrir algunos riesgos
- Las trabajadoras domésticas tienen que estar dadas de alta en la seguridad social
Si eres una empleada del hogar o quieres contratar a una, indudablemente te estarás preguntando qué seguro debes contratar para conseguir la mejor protección. En Rastreator te contamos todos los detalles sobre cómo asegurar a una empleada del hogar y el régimen laboral de estas trabajadoras.
En primer lugar, hay que saber que la ley habla sobre “trabajadoras al servicio del hogar”, ya que la mayor parte de este colectivo son mujeres, para ser exactos el 76,2%, así lo refleja el informe Making the right to social security a reality for domestic workers, llevado a cabo por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Por otro lado, no existe ningún seguro específico para empleadas del hogar. En este sentido, deben optar por la contratación de una póliza de que cubra accidentes o un seguro médico. No obstante, algunos seguros de hogar incluyen requisitos concretos para empleadas del hogar en la cobertura de responsabilidad civil.
Seguro de hogar: ¿cubre a las empleadas domésticas?
La única forma de conseguir asegurar a una empleada doméstica es contratar un seguro de hogar con cobertura de responsabilidad civil familiar. Esta cobertura cubre cualquier daño físico ocasionado en el domicilio. Si no se contrata esta póliza, el asegurado debe hacerse cargo de la indemnización y costes.
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Situación laboral de las empleadas del hogar
Para que la empleada doméstica pueda ser contratada por el titular de la vivienda, debe trabajar como mínimo cuatro semanas. Si el contrato no se hace por escrito, será considerado indefinido y a jornada completa.
El contrato laboral debe estar formado por: el salario, la jornada laboral (contribución por horas) y remarcar si va a alojarse en la vivienda del empleo.
Por otra parte, las empleadas domésticas también pueden ser contratadas por una empresa intermediadora o ETT, esta se encarga de establecer un contrato mercantil. En este caso, no se considera empleada del hogar, sino que se instituye una colaboración como trabajadora de la limpieza o autónoma que presta servicios puntuales.
Tampoco son considerados empleados del hogar los profesionales cualificados para atender a personas con dependencia, estos se rigen por la ley de Dependencia.
Requisitos obligatorios para contratar a empleadas del hogar
Gracias a las diferentes reformas legales llevadas a cabo en los últimos años, las empleadas del hogar han visto crecer sus derechos. Sin embargo, aún mantienen cierta distancia con el resto de los trabajadores. Estas son las características más importantes del contexto laboral de una empleada doméstica:
- La empleada del hogar tiene que estar dada de alta en la Seguridad Social. No puede trabajar sin el alta.
- El contrato se tiene que plasmar por escrito, siempre que los servicios superen las cuatro semanas. Aunque la empleada solo trabaje una hora a la semana, tiene que estar dada de alta y cotizando la parte proporcional.
- El responsable del alta en la Seguridad Social es el contratante, además pagará los costes pertinentes a las horas trabajadas.
- Si la empleada trabaja en varias casas, cada uno de los contratantes son responsables equitativamente. Hay que comunicar a la S.S. tantas altas como hogares.
- La empleada puede tramitar su propia alta y cotización si trabaja menos de 60 horas, siempre que haya un acuerdo con el contratante y quede reflejado en el contrato escrito. Si trabaja más de 60 horas el encargado es el contratante.
- En cuanto al sueldo, como mínimo debe recibir el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) por una jornada completa. No obstante, se pueden pactar pagos por horas, siguiendo el salario mínimo para trabajadores eventuales, temporeros y empleados de hogar.
El alta en la Seguridad Social
La tramitación y formalización del alta en la seguridad social se lleva a cabo en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Aquí se completa los siguientes datos fundamentales: información personal de la trabajadora y el empleador, el número de horas que se van a trabajar, el salario y las condiciones específicas.
Tras culminar los diversos formularios necesarios, la TGSS calcula la cotización mensual basándose en las horas que se van a trabajar y la retribución recibida.
Una vez calculadas las cuotas de cotización a pagar, a final de mes el cargo se envía a la cuenta bancaria conveniente. Hay que recordar que la responsabilidad de la cotización recae sobre la trabajadora.
Por ahora las trabajadoras domésticas no tienen derecho a cobrar prestación por desempleo.
La baja médica por enfermedad o accidente
La baja médica por enfermedad o accidente es el mayor avance que ha conseguido este colectivo. En este caso, las trabajadoras domésticas pueden cobrar la prestación por incapacidad temporal a partir del cuarto día de baja. Si la incapacidad dura entre cuatro y ocho días, será el contratante quién se hará cargo de la prestación. No obstante, si la baja dura más de nueve días, es la Seguridad Social la encargada de la prestación.
Periodista experta en seguros, telefonía y tecnología. Escribe artículos, noticias y guías sobre todo tipo de seguros y finanzas.