Vivir de alquiler: ¿El seguro de hogar cubre los daños causados por mi mascota?

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  • Según el artículo 1563 del Código Civil estás obligado a reparar cualquier daño que hayas causado en tu vivienda de alquiler
  • La aseguradora debe estar siempre al tanto de que en tu hogar también vive un animal
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Lo más recomendable es que el arrendador cuente con un seguro de alquiler para solventar posibles daños causados a terceros.

Cuando vives de alquiler lo más recomendable es que el arrendador cuente con un seguro de alquiler para solventar posibles daños causados a terceros, así como para tener la vivienda lo más protegida posible ante cualquier contratiempo. Y, aunque en la actualidad, hay caseros que prefieren no pagar por un seguro de hogar, lo cierto es que la mayoría sí lo hacen y así están cubiertos frente a imprevistos como los daños causados por fenómenos meteorológicos, por agua o, directamente, por tu mascota. Es probable que en este último supuesto tengas dudas, ya que al tratarse de una casa de alquiler no estés seguro de sí estás o no cubierto. Bien, vamos a verlo en detalle.

Daños causados por mascotas en una casa de alquiler

En primer lugar, has de tener en cuenta que según el artículo 1563 del Código Civil estás obligado a reparar cualquier daño que hayas causado en tu vivienda de alquiler: “El arrendatario es responsable del deterioro o pérdida que tuviere la cosa arrendada, a no ser que pruebe haberse ocasionado sin culpa suya”. Así las cosas, cada vez que rompas o deteriores algo, tendrás que solventarlo de tu propio bolsillo.

En el caso concreto que estamos tratando de los daños causados por tu mascota, también. Es decir, si tu perro muerde los muebles, deteriora el suelo de madera o rompe un cristal, tú mismo tendrás que encargarte de abonar el coste de la reparación o reposición de los objetos del mobiliario en cuestión. Si te niegas a hacerlo, lo más probable es que pierdas la fianza que depositaste al realizar el contrato de alquiler.

¿Qué daños causados por mi mascota cubre el seguro de hogar?

Para empezar, debemos tener claro que la póliza que asegura tu vivienda cuenta con la cobertura de daños causados por mascotas. En caso afirmativo, esta cobertura se encarga de cubrir la responsabilidad civil ante daños causados a terceros. Es decir, si tu perro muerde a una persona. Para que el seguro también cubra los daños materiales accidentales dentro del domicilio tendrás que hablar con la aseguradora y pedir expresamente que incluyan esta garantía en el contrato del seguro. Eso sí, recuerda que es posible que haya un incremento de la prima.

Y es que este es uno de los puntos más importante en el caso de convivir con mascotas y tener un seguro de hogar con esta cobertura. La aseguradora debe estar siempre al tanto de que en tu hogar también vive un animal, ya que en caso de desconocer esta información podrías tener problemas para conseguir la indemnización pertinente. Lo más común es que el seguro cubra los daños en los siguientes casos:

  • Cuando el propietario tiene suscrita una póliza que cubre en continente y en la que se especifica que estarán cubiertos todos los daños materiales causados por el inquilino y/o su mascota.
  • Cuando el propio inquilino cuenta con un seguro de hogar contratado por su cuenta para proteger el contenido de la vivienda alquilada, y en la póliza están recogidos los daños causados por las mascotas.
  • Si el inquilino tiene contratado un seguro de mascotas.

Si estás interesado en encontrar cualquiera de estas pólizas, te recomendamos utilizar el comparador de seguros de Rastreator, ya que, con tan solo unos clics, podrás comprobar en tiempo real lo que te oferta cada aseguradora. Una forma muy sencilla de ahorrar tiempo y dinero.

Escrito por:
Alba Ruiz

Licenciada en Periodismo con un máster en Marketing Digital. Está especializada en Seguros y Telefonía, donde escribe con regularidad desde 2017. Actualmente es la responsable de las redes sociales de Rastreator.

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