Desgravar seguro de hogar en la declaración de la Renta
- Solo se puede desgravar el seguro de hogar si se trata de la primera vivienda
- Los seguros de vida y hogar son deducibles siempre que su contratación fuese un requisito establecido por el banco
Entre los meses de abril y junio los españoles están obligados a hacer la Declaración de la Renta. Aunque no es un procedimiento complicado sí que precisa de cierta atención por parte de los usuarios, ya que no incluir ciertos gastos puede suponerles una cuantía menor a recibir por parte de la Agencia Tributaria o una mayor a pagar.
Actualmente, uno de los bienes que pueden incluir muchos contribuyentes en su Declaración de la Renta y que les permite desgravarse una parte es la hipoteca de su vivienda habitual, y con ella algunos productos vinculados a ésta, como pueden ser el seguro de hogar o vida. Pero para ello se deben cumplir ciertos requisitos, no todos los usuarios pueden beneficiarse de esta deducción. ¿Quién puede desgravarse estos seguros y en qué condiciones?
¿Son deducibles los seguros de hogar y vida?
Las cantidades abonadas anualmente como primas de seguros vinculados a la hipoteca y que son exigidos por estas para su concesión sí son deducibles, tal y como asegura la Agencia Tributaria. Esta deducción se practica sobre las cantidades satisfechas en el año para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual. Por tanto, los gastos derivados del seguro de hogar y vida serán deducibles sólo si son obligatorios debido a las condiciones que están recogidas en el contrato de préstamo hipotecario. En ese caso, sí que formarán parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual.
Así, las primas de los contratos de seguros de vida y de hogar serán deducibles siempre y cuando estén incluidos en las condiciones obtenidas para la adquisición o rehabilitación de la misma, recalca la Agencia Tributaria en su Guía de la Declaración de la Renta. Además, en el caso del seguro de hogar se especifica que sólo será deducible la parte correspondiente al porcentaje del seguro obligatorio, el que hace referencia a la cobertura de incendios.
Contratación del seguro, requisito del banco
En definitiva, la prima del seguro de vida y la parte proporcional a la cobertura de Incendios del seguro de Hogar sólo serán parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual siempre que su contratación fuese un requisito puesto por el banco para conceder la hipoteca.
En el caso de que la entidad no obligara al usuario a la contratación de dicho seguro pero sí que fuese un requisito para disminuir la cuota del diferencial también podría ser deducible como parte de la base de deducción de la inversión ya que ésta viene impuesta por las clausulas del propio préstamo.
Las casas hipotecadas, obligadas a tener seguro
Los usuarios no están obligados a contratar un seguro de hogar salvo que la casa esté hipotecada, en ese caso la vivienda deberá contar con un seguro de hogar, específicamente con la cobertura de incendios, garantía de la hipoteca.
El seguro no tiene que ser con el banco
Eso sí, pese a la obligación de contar con un seguro de hogar los usuarios no tienen que contratar esta póliza con el banco que les conceda el préstamo. Es más, desde la aprobación por parte del Parlamento Europeo de la Directiva Europea de Hipotecas los bancos tienen prohibido por ley vincular una hipoteca a la suscripción de un seguro con la entidad.
Aunque los bancos no pueden «obligar» a los clientes a contratar un seguro con ellos sí que tienden a ofrecerles rebajas en la cuota del diferencial si suscriben algún producto con ellos. Aun así, los usuarios son libres para acudir al mercado, comparar precios y coberturas y contratar el seguro que más se adapte a lo que están buscado.
¿Cuánto desgrava el seguro de hogar en la Renta?
Hay dos tramos de deducción, el estatal y el autonómico, ambos del 7,5%. Así que, si compraste tu vivienda antes del 1 de enero de 2013, puedes llegar a descontar como máximo un 15% sobre la base de deducción, es decir, sobre el total que pagaste para comprar la vivienda. En esta base se incluye la prima de la póliza y la deducción máxima que puedes realizar por un seguro de hogar es de aproximadamente 1.356 euros.
¿Cuándo se puede desgravar el seguro de hogar en la Renta?
Poder desgravarse el seguro de hogar en la Renta depende bastante de la situación de la persona que la realiza. Actualmente hay tres supuestos diferentes que permiten hacerlo, por lo que si no estás dentro de uno de esos tres grupos, no podrás incluirlo en tu Declaración.
- Vivienda habitual: Solo podrás incluir en la Renta el seguro de tu vivienda habitual, es decir, si quieres incluir el de tu segunda residencia no podrás hacerlo. Para que se considere tu residencia habitual tendrás que llevar habitando en ella un mínimo de tres años o que hayas realizado una mudanza 12 meses antes de realizar la Declaración. Si, además, realizaste la compra de tu vivienda antes del 1 de enero de 2013, recuerda que también podrás deducirte la hipoteca.
- Arrendamiento del inmueble: Si eres propietario de una vivienda y la tienes alquilada también podrás desgravarte el seguro de hogar del inmueble. Recuerda que ,en este caso, también podrás incluir en la Renta el seguro de impago de alquiler.
- Autónomos: Si eres autónomo también podrás desgravarte el seguro de hogar en la Renta, aunque en este caso tendrás que cumplir los siguientes requisitos: que éste esté ligado a tu actividad económica, que quede registrado en los libros de contabilidad, que se pueda justificar con facturas y, por último, que el gasto haya sido durante el ejercicio sobre el cual se hace la declaración.
¿En qué situaciones no puedo desgravar el seguro de hogar?
No podrás desgravar tu seguro de hogar cuando no se trate de tu vivienda habitual, si ya has terminado de pagar la hipoteca y si has dado de baja el seguro antes de que finalice el año.
¿En qué casilla de la Renta desgrava el seguro de hogar?
Para poder desgravar el seguro de hogar en la Renta tendrás que incluirlo en las casillas 547 y 548. Esto es así por que Hacienda lo incluye dentro de los gastos de inversión en la vivienda habitual. La casilla 547 es la que hace referencia al tramo estatal, mientras que la 548 es del tramo autonómico.
No obstante, si quieres desgravar el seguro de hogar por arrendamiento, tendrás que hacerlo en la casilla 0114 y si lo haces como autónomo, es en la casilla 200.
Encontrar un seguro de hogar
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Graduada en Administración y Dirección de Empresas. Es un referente de información especializada en seguros de hogar, viaje y dispositivos móviles para la prensa.