Los seguros Colectivos
- Los seguros Colectivos están dirigidos a aquellos que forman parte de un grupo homogéneo o que tengan un vínculo común.
- Estos seguros se caracterizan por tener una prima más ventajosa que los seguros Individuales.
- Los seguros Colectivos más comunes son los de Accidentes, Salud y Vida.
Contratar un seguro de Salud, de Coche o una póliza de Vida Individual asegura a una única persona disfrutar de ciertas coberturas o ventajas. Otra posibilidad es contratar un seguro Colectivo que consiste en una única póliza que da cobertura de manera independiente a múltiples asegurados que forman parte de un mismo grupo.
El seguro Colectivo es un tipo de contrato mercantil. El artículo 106 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados señala que «en relación con los asegurados de los Seguros Colectivos las aseguradoras estarán sujetas a las obligaciones que esta legislación recoge para aquellos de seguros Individuales».
Entre los seguros Colectivos más usuales se encuentran los de Accidentes, Salud o Vida. Estos últimos son los que más terreno le han ganado a los seguros Individuales. Los últimos datos de ICEA muestran un crecimiento de éstos, que a fecha de septiembre de 2013 acumulaban el 28,6% de las primas, un 1,3% más que hace un año.
Seguros Colectivos, ¿quiénes pueden acceder a ellos?
Los seguros Colectivos son un único contrato diseñado específicamente para dar cobertura a todos aquellos que formen parte de un mismo grupo homogéneo o tengan un vínculo común. Los trabajadores de una misma compañía, los socios de un club o entidad, los miembros de un mismo colegio profesional, institución pública o los integrantes de un sindicato, agrupación o asociación son algunas de las personas que pueden acceder a un seguro Colectivo. Estas pólizas, cuya contratación suele estar limitada a aquellos trabajadores acogidos a un convenio colectivo, pueden ofrecer al asegurado las mismas prestaciones que las de un seguro Individual, pero a un precio menor.
Tipos de seguros Colectivos
Los seguros Colectivos que se pueden encontrar son varios. Desde el seguro Colectivo de Salud, ofrecido por algunas de las empresas a sus empleados, hasta el seguro Colectivo de Vida o de Accidentes, con los que las compañías velan por sus empleados en caso de que éstos sufran un accidente. La contratación obligatoria por parte de la empresa de un seguro Colectivo de Accidentes suele estar incluida en el convenio colectivo, aunque no ocurre siempre.
También existen seguros Colectivos de Coche, Moto, Flotas, Jubilación o Planes de Previsión Social, entre otros, aunque los más comunes son los seguros mencionados anteriormente.
Seguros Colectivos de Salud
Los seguros Colectivos de Salud son aquellos en los que el tomador del seguro es una persona jurídica que debe disponer de Código de Identificación Fiscal, CIF. La renovación de esta póliza Colectiva se hace de manera anual, al igual que las Individuales, y cuentan con una duración de 1 año que finaliza el 31 de diciembre.
La contratación de un seguro Colectivo de Salud queda condicionada a la existencia de un número mínimo de trabajadores, que suele ser 10. Además, en función del número y del tipo de empleados que formen el colectivo las condiciones del contrato pueden variar.
Coberturas
Las coberturas incluidas en los seguros Colectivos de Salud son de 2 tipos: hay unas básicas, incluidas en todas las pólizas y otras adicionales con las que cada cliente puede ampliar en mayor o menor medida su seguro Médico. Hay que precisar que no todas las aseguradoras ofrecen los mismos productos con las mismas coberturas. Así, lo que una compañía puede ofrecer como cobertura adicional otra lo puede incluir en su oferta básica, y viceversa. Aun así, las principales coberturas básicas y adicionales que suelen ofrecer la mayoría de aseguradoras son las siguientes:
Básicas
- Asistencia primaria.
- Asistencia especializada.
- Hospitalización.
- Pruebas diagnósticas.
- Medicina preventiva y rehabilitadora.
- Segundo diagnóstico.
Adicionales
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- Seguro Dental.
- Asistencia en el extranjero.
- Reembolso de gastos derivados de Adopción Nacional e Internacional.
- Seguro de Accidentes Personales.
- Asistencia en Estados Unidos.
El seguro Colectivo de Salud y la empresa
Las empresas que ofrecen a sus trabajadores un seguro Colectivo de Salud obtienen múltiples ventajas. Esta medida fomenta la conciliación con sus empleados, ayuda a mejorar la imagen de la empresa y a disminuir el absentismo laboral. Esto último se debe a que los trabajadores, al disponer de un seguro privado, no tendrán que soportar largas esperas cuando acudan al médico. Así, el tiempo que estarán ausentes de su puesto de trabajo será menor que de acudir a la Seguridad Social.
Además, los asegurados pueden extender las coberturas de su seguro de Salud a sus hijos y cónyuge, algo que hace que este seguro sea muy valorado por los propios empleados y que favorece, indirectamente, a las empresas que son vistas con mejores ojos por los trabajadores.
Fiscalidad en el seguro de Salud
Si por algo se ha caracterizado el seguro de Salud ha sido por las ventajas fiscales asociadas a éste. La empresa puede deducirse el gasto de los importes pagados en concepto de seguro de Salud en el Impuesto de Sociedades mientras que para el trabajador éste no constituirá un gasto en especie ni para él ni para su familia hasta un límite de 500 euros. Pues bien, hace unos meses el Gobierno anunció que iba a obligar a los trabajadores a cotizar por estos seguros, hasta entonces exentos.
Esta medida costará a las empresas una media de 142 euros adicionales por trabajador y año y a estos últimos 30 euros adicionales. Antes del 31 de mayo las empresas y los trabajadores ya deben haber empezado a cotizar por el seguro Médico. Desde la consultora Mercer avisaron que los seguros de Vida se posicionan como una alternativa con la que las empresas pueden ofrecer un seguro con ventajas fiscales a sus empleados.
Fórmulas de contratación
Existen 2 tipos de seguros Colectivos de Salud: abiertos y cerrados.
Colectivos abiertos
La empresa ofrece a sus trabajadores un seguro de Salud con unas condiciones especiales pero la decisión última de contratarlo o no es de los propios empleados.
Colectivos cerrados
La empresa ofrece a sus trabajadores un seguro de Salud que ha sido contratado por ella misma y que puede financiarlo o descontarlo de la nómina del empleado.
Seguros Colectivos de Vida
Los seguros Colectivos de Vida, también Vida Riesgo, ofrecen indemnizaciones en los casos de fallecimiento e invalidez del asegurado. La prestación a los trabajadores puede ser en forma de capital o de renta. El seguro es renovable anualmente y la edad máxima de los asegurados suele situarse entre los 65 y los 70 años sin importar la edad que tenían éstos al darse de alta.
Coberturas
Básicas
La cobertura principal que incluye el seguro de Vida Colectivo es la de fallecimiento por cualquier causa, aunque muchos también incluyen la invalidez absoluta o permanente.
Adicionales
La cobertura de invalidez absoluta o permanente que ofrecen algunos seguros aparece como adicional en la oferta de algunas compañías junto con otras como por ejemplo:
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- Incapacidad permanente total para la profesión habitual.
- Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo.
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Ventajas del seguro de Vida colectivo
- Las primas colectivas son más económicas que las individuales.
- Las primas son deducibles de la base imponible del IRPF del trabajador, en la actualidad.
- No suelen requerir revisiones médicas de los asegurados.
Seguro Colectivo de Accidentes
Este seguro está enfocado a cubrir el riesgo de muerte o invalidez permanente de los empleados de una empresa. Además, los asegurados cuentan con otras coberturas adicionales que pueden añadir como incapacidad o invalidez temporal, dietas por hospitalización, gastos de asistencia sanitaria, asistencia en viaje o infarto, entre otras.
Tipos de seguros Colectivos de Accidentes
Los seguros Colectivos de Accidentes se pueden dividir en 3 subgrupos: nominado, innominado y de convenio.
Nominado
Este tipo de seguro está enfocado a colectivos poco numerosos. Se tendrá que especificar el nombre y la profesión de cada uno de los individuos. Cada asegurado tendrá diferentes prestaciones y capitales asegurados.
Innominado
Este seguro está enfocado a colectivos numerosos. No se tendrán que especificar ni los nombres ni la profesión de los asegurados. Es el utilizado para cubrir las mismas prestaciones y capitales a todos los asegurados.
Convenio
La compañía está obligada a ofrecerles a sus trabajadores las coberturas del seguro de Accidentes ya que así se exige en el convenio colectivo del trabajador. El tomador del seguro es la empresa y los asegurados son los empleados. Como está regulado en el convenio colectivo la empresa tiene la obligación de aplicarlo a toda la plantilla y es en él en el que está detallada la cuantía indemnizatoria y el precio, que dependerá de 3 factores:
- La indemnización económica que recibirán los trabajadores.
- El número de trabajadores que integren la empresa.
- La peligrosidad del sector en el que tiene la actividad la empresa.
Otros seguros Colectivos
Junto con los seguros Colectivos de Accidentes, Salud y Vida existen otros menos comunes como los seguros Colectivos de Jubilación, de Ahorro y Renta, de Coche, Moto y Flotas o los Planes de Previsión Social, entre otros.
Seguros Colectivos de Jubilación
Los seguros Colectivos de Jubilación pueden ser financiados por la empresa o entre ésta y los trabajadores. Se caracterizan por ofrecer al asegurado una renta vitalicia o temporal desde el momento en el que éste alcance la edad de jubilación a través de unas primas que pueden ser únicas o periódicas y constantes o decrecientes de manera acumulativa o lineal.
Planes de Previsión Social
Por su parte, el Plan de Previsión Social es un instrumento de ahorro colectivo que otorga al asegurado un ingreso complementario al de la Seguridad Social en caso de que éste cause baja por jubilación, invalidez o fallecimiento.
Seguros Colectivos, muy valorados
Los seguros Colectivos aportan un gran valor a aquellos que estén en condiciones de contratarlo. No sólo tienen unas primas más bajas que las de las pólizas individuales, también suelen ofrecer al asegurador beneficios en materia impositiva.
Pueden estar financiados íntegramente por la empresa o entre ésta y los trabajadores y puede ofrecerlos de manera voluntaria, como un pago en especie o beneficio social, o estar obligada a ello por medio de un convenio colectivo.
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Licenciada en Periodismo con un máster en Marketing Digital. Está especializada en Seguros y Telefonía, donde escribe con regularidad desde 2017. Actualmente es la responsable de las redes sociales de Rastreator.