¿Qué es el seguro decenal?

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  • El seguro decenal es una póliza de obligatoria contratación por parte del promotor de una edificación
  • Tiene una vigencia de 10 años desde la fecha de construcción de un edificio y cubre los desperfectos que pueda sufrir éste

seguro decenalPese a no ser obligatorio, contar con un seguro de hogar es altamente recomendable ya que son muchos los incidentes o siniestros que pueden tener lugar en una casa, desde los daños por agua hasta los robos y hurtos. De hecho,  si eres propietario de una casa o te encuentra viviendo en ella en régimen de alquiler dispones de distintas modalidades de seguros de hogar que puedes contratar para proteger la vivienda. Puedes optar por cubrir el continente (estructura y construcción de la vivienda), la Responsabilidad Civil de la vivienda y el contenido (muebles, electrométricos…), pero si lo que buscas es asegurar tu vivienda, ¿quién garantiza que de existir defectos en su construcción no vas a perder lo invertido o vas a tener que correr con los gastos? Es en este momento cuando entra en juego el seguro decenal.

¿Qué es el seguro decenal?

El seguro decenal es un seguro de daños o caución que están obligados a tener los edificios de nueva construcción que vayan a ser destinados, principalmente, a viviendas. Consiste en una garantía contra los daños materiales que afecten a los elementos estructurales de éstos siempre que sean causados por vicios o defectos.

La Ley de Ordenación de la Edificación (L.O.E) establece que el promotor de la obra es el que tiene la obligación de contratar el seguro decenal aunque puede llegar a un pacto con el constructor y que sea este último el tomador del seguro. En cuanto al importe mínimo del capital asegurado, éste debe ser del 100% del coste final de la ejecución material de la obra, incluyendo también los salarios de los trabajadores. Es decir, lo que haya costado levantar un edificio.

Con este seguro se garantiza a los propietarios que durante 10 años van a tener cubiertos los daños causados en su edificio cuando tengan su origen o afecten a la «obra fundamental» y que «comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio». Es decir, los relacionados con la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales.

Pero la importancia del seguro va más allá, ya que, tal y como advierte el artículo 20 de la L.O.E es imposible inscribir las escrituras públicas de una obra nueva en el Registro de la Propiedad si no se acredita la vigencia de este seguro.

Coberturas del seguro decenal

La cobertura básica, es decir, la obligatoria, es la que cubre los daños estructurales que pueda sufrir una obra, pero no es la única que se puede contratar ya que existen otras adicionales que complementan a la primera.

Garantías adicionales

Entre las coberturas adicionales que se pueden incluir en un seguro decenal, pero a las que no está obligado el promotor y/ o constructor, se encuentran:

  • Revalorización automática de la suma asegurada y las franquicias.
  • Impermeabilidad de fachadas, terrazas, tejados, cubiertas y sótanos.
  • Daños a bienes preexistentes.
  • Renuncias a recurso contra el contratista principal, subcontratista, proyectista o la dirección facultativa.
  • Resistencia mecánica y estabilidad de fachadas no portantes.

Exclusiones de la cobertura obligatoria

El reglamento establece que, salvo que se pacte lo contrario, el seguro Decenal no cubrirá los siguientes daños:

  • Los corporales u otros perjuicios económicos distintos de los daños materiales que garantiza la Ley.
  • Los ocasionados a inmuebles que se encuentren al lado del edificio.
  • Los causados a bienes muebles del edificio.
  • Los ocasionados por modificaciones u obras realizadas en el edificio después de la recepción.
  • Los originados por el mal uso o la falta de mantenimiento del edificio.
  • Los gastos necesarios para el mantenimiento del edificio del que ya se ha hecho la recepción.
  • Los que tengan su origen en un incendio o explosión que no hayan sido originados por vicios o defectos de las instalaciones propias del edificio.
  • Los ocasionados de manera fortuita, por fuerza mayor, por la actuación de tercero o por el propio perjudicado por el daño.

Plazos para reclamar responsabilidades

El artículo 19 de la Ley de Ordenación de la Edificación establece 3 plazos de reclamación de responsabilidades a los agentes responsables de la obra. Así, al seguro decenal que cubre durante 10 años los daños que tengan su origen o afecten a la «obra fundamental» del edificio hay que sumar 2 más: el Trienal y el de Un Año.

Seguro trienal

Es el seguro que garantiza durante 3 años el resarcimiento al propietario de los daños causados por el incumplimiento de los requisitos relativos a la habitabilidad debido a vicios o defectos de las instalaciones. Entre ellos se encuentran los referentes a la higiene, salud y protección del medio ambiente, los relativos al ahorro de energía y aislamiento térmico y los que no con la normativa sobre protección contra el ruido.

Seguro de un año

El seguro de un año es el que cubre los daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras. Este seguro puede ser sustituido por la retención al promotor de un 5% del coste total de la ejecución de la obra.

Control Técnico para el seguro decenal

Para poder contratar un seguro decenal es necesario que un Organismo de Control Técnico (OTV) haya realizado un control de las diferentes fases del proceso de construcción de una obra. Esta supervisión es esencial ya que la gran mayoría de aseguradoras lo exigen para poder saber a qué riesgo se exponen.

La labor del OTC suele incluir la revisión del informe geotécnico y del proyecto, así como la supervisión del control de los materiales y de la ejecución de la obra. En definitiva, no es más que la auditoría necesaria a la que se someten las construcciones para contratar el seguro.

El seguro decenal, una garantía para compradores

El seguro decenal es una garantía esencial  ya que en caso de que la vivienda que hayas adquirido tenga defectos de construcción o los materiales no sean de la calidad acordada, tendrás la certeza de que van a ser reparados sin coste alguno. La contratación de este seguro por parte de los promotores y/o constructores es obligatoria puesto que si no se acredita que una obra está cubierta por esta póliza será imposible inscribirla en el Registro de la Propiedad.

Contratar un seguro decenal no está en tus manos pero sí lo está suscribir un seguro de hogar que cubra el continente y el contenido de tu vivienda con herramientas como el comparador de seguros de hogar de Rastreator. En un instante tendrás a tu alcance un gran número de alternativas para que escojas la que mejor se adapte a tus necesidades.

Escrito por:
Marta Martín

Periodista especializada en PR con experiencia en prensa y comunicación corporativa. Escribe artículos en Rastreator desde febrero de 2021 para los productos de Seguros y Viajes.

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